Pablo y Laura se encuentran en plena tormenta emocional: Tras varios años de matrimonio han decidido divorciarse. Tienen dos hijos pequeños y un montón de recuerdos compartidos, pero también diferencias que ya no pueden limar. Pablo, con su carácter relajado y espontáneo, choca a menudo con Laura, más organizada y previsora. Ambos quieren lo mejor para sus hijos y aspiran a cerrar esta etapa sin guerras ni resentimientos. Por eso, un día de abril de 2025 cruzan por primera vez la puerta del despacho de su abogada. Es su primera toma de contacto. Quieren un divorcio tranquilo, que les permita empezar de nuevo sin arrastrar lastres.
La abogada los recibe con una sonrisa. Les recuerda que han tomado la mejor decisión, no solo porque se ahorran el drama de un juicio interminable (con sus abogados enfrentados y sus nervios a flor de piel), sino porque tienen el timón, ningún tercero les impondrá nada, pueden dibujar su futuro a medida. El protagonista de esta historia será el convenio regulador: el documento que regulará las medidas futuras para los hijos y entre ellos.
El convenio regulador es el documento en el que los cónyuges o la pareja gestionarán ciertos aspectos sustanciales relacionados con su vida por separado, especialmente cuando existen hijos y bienes en común. Es como un contrato, pero con un toque especial porque tiene que ser revisado y aprobado por un juez.
¿QUE MÍNIMOS IMPORTANTES RECOGE?
El
convenio regulador cubre aspectos fundamentales para garantizar una transición
fluida tras el divorcio. A continuación, detallamos los puntos clave que Pablo
y Laura, como cualquier pareja, deben incluir:
1. Guarda y Custodia de los Hijos:
La guarda
y custodia determina con quién vivirán los hijos principalmente.
Existen dos opciones principales:
- Custodia
compartida:
Ambos padres comparten el tiempo y las responsabilidades de los hijos de
manera equitativa.
- Custodia
monoparental:
Los hijos viven principalmente con uno de los padres, mientras el otro
tiene derecho a visitas.
Por
ejemplo, Pablo y Laura podrían optar por una custodia compartida para que sus
hijos mantengan una relación cercana con ambos.
2.
Régimen de Visitas:
Si se
elige la custodia monoparental, el convenio regula el régimen de
visitas. Esto incluye:
- Visitas
intersemanales:
Días específicos para que el otro progenitor pase tiempo con los hijos.
- Fines de semana: Alternancia o
distribución acordada.
- Comunicaciones: Llamadas o
videollamadas para mantener el contacto.
Laura,
con su carácter organizado, podría insistir en detallar horarios exactos para
evitar malentendidos.
3.
Vacaciones y Días Especiales:
El
convenio debe especificar cómo se reparten las vacaciones escolares (verano,
Navidad, Semana Santa) y los días especiales, como cumpleaños o
festivos como Nochebuena. Pablo y Laura, por ejemplo, acuerdan alternar la
Nochebuena para que sus hijos disfruten de ambos padres.
4.
Pensión de Alimentos:
La pensión
de alimentos cubre los gastos esenciales de los hijos, como
alimentación, educación y salud. El convenio establecerá:
- La cantidad mensual: Dependerá de los
ingresos de ambos padres.
- Los gastos
extraordinarios:
Cómo se dividen costes como ortodoncias, clases particulares o matrículas
universitarias.
Si Laura y Pablo son previsores, o están convenientemente asesorados, pueden incluir un plan para gastos futuros, como el carné de
conducir de sus hijos, etc.
5.
Uso de la Vivienda Familiar:
El
convenio decide quién se queda en la vivienda familiar.
Generalmente, se asigna al progenitor con la custodia para no alterar el
entorno de los hijos. Alternativas incluyen:
- Vender la casa y
repartir los beneficios.
- Usarla por turnos
rotatorios.
- Acordar que uno de
los padres la compre al otro.
Pablo y
Laura optan por vender su piso para empezar de cero.
6.
Reparto de Bienes:
El reparto
de bienes incluye propiedades, coches, ahorros y deudas. En un
divorcio de mutuo acuerdo, las parejas pueden liquidar la sociedad de
gananciales directamente en el convenio. Pablo y Laura reparten
equitativamente su casa, coche y cuentas bancarias.
¿POR QUÉ ES OBLIGATORIO QUE LO APRUEBE UN JUEZ?
Aunque
Pablo y Laura lleguen a un acuerdo, el convenio debe ser revisado y aprobado
por un juez. Según la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley
Orgánica 1/1996, los menores reciben una protección jurídica especial. El
juez y el fiscal velan por el interés superior del menor, asegurando
que:
- La custodia sea
adecuada.
- La pensión
alimenticia cubra las necesidades de los hijos.
- Las condiciones no
perjudiquen a los menores.
El juez
actúa como un árbitro imparcial, garantizando que las emociones intensas de la
separación no afecten las decisiones.
¿QUE SUCEDE CON EL CONVENIO CUANDO LA VIDA CAMBIA?
La vida no es estática, y las circunstancias pueden variar. Si, por ejemplo, uno de los padres disminuye sus ingresos, o se traslada a otra ciudad, etc, se puede pedir una modificación del convenio. Para ello, hay que demostrar que ha habido un cambio importante en las circunstancias y que la modificación es necesaria para proteger el interés de los hijos.
¿Y SI ALGUNO NO CUMPLE EL CONVENIO?
Si uno de los padres no cumple lo que dice el convenio (por ejemplo, no paga la pensión de alimentos o no respeta el régimen de visitas), el otro puede acudir al juez para que le obligue a cumplirlo.(En otros post de este blog encontrarás artículos específicos sobre la ejecución de medidas).
Aunque Pablo y Laura no pueden evitar la tristeza de cerrar un capítulo, se sienten satisfechos de abrir otro con reglas claras, pensando en el bienestar de sus hijos y con la paz como meta. Mientras garabatean ideas con su abogada, sienten que, aunque el amor se acabó, el respeto mutuo y hacia sus hijos sigue siendo estandarte de su relación preservando la continuidad de estos valores en el futuro, aunque sus caminos sean distintos.
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