Destino de la Vivienda Familiar en un Divorcio: Guía Completa para 2025

Si estás pensando divorciarte y te preocupa qué pasará con tu residencia, entonces quédate por aquí: El destino de la vivienda familiar es uno de los temas más sensibles y complejos en un divorcio o separación, pues decidir qué pasará con ella, sobre todo si la titularidad es compartida, o si alguno sale económicamente perjudicado con el divorcio, puede generar dudas y tensiones. 


¿QUÉ ES LA VIVIENDA FAMILIAR Y POR QUÉ ES UN TEMA CLAVE?

La vivienda familiar es el hogar donde la pareja y sus hijos han convivido durante el matrimonio. En un divorcio, decidir el destino de la vivienda, es decir, si uno se quedará con ella, si se le atribuirá el uso hasta su venta, si se extinguirá el condominio, etc. suele ser fuente de conflicto. Cuando no existe acuerdo, la ley y la jurisprudencia buscan equilibrar los intereses de los cónyuges y proteger el interés superior de los menores, priorizando la continuidad de los hijos en su entorno habitual. Generalmente, los jueces siguen unos patrones que ahora veremos.


LOS FACTORES QUE INFLUYEN EN LA DECISIÓN JUDICIAL:

Las circunstancias evaluadas por los jueces para determinar el destino de la vivienda familiar son los siguientes:

  • El tipo de custodia: Si es compartida o monoparental.
  • La situación económica de cada cónyuge y si existe vulnerabilidad.
  • La titularidad de la vivienda: Si es ganancial, de un solo cónyuge o comprada a medias en régimen de separación de bienes.
  • Edad de los hijos: Si son menores o mayores de edad.

La decisión judicial implica un análisis de las circunstancias teniendo en cuenta dichos factores. Por esta razón, resulta difícil anticipar un resultado concreto, si bien, en líneas generales, suelen decantarse por las siguientes soluciones: 

1. Cuando se ha optado por la custodia monoparental de los hijos menores: En estos casos, generalmente, la vivienda familiar se atribuye a los propios hijos menores de edad y, por ende, a quien tenga concedida su custodia, con independencia de quién sea el propietario. 

2. En caso de custodia compartida: La decisión es más compleja. Los jueces considerarán:

  • La titularidad de la vivienda junto a la situación económica similar: En este caso, suelen optar por atribuir su uso al propietario. 
  • Vulnerabilidad económica: Si uno de los cónyuges es económicamente vulnerable, el juez puede otorgarle el uso, aunque no sea propietario.
  • Uso alternativo: En casos de propiedad compartida, los cónyuges pueden acordar un uso rotatorio, si bien los jueces no la fijarán, en ausencia de acuerdo, debido a su complejidad logística y económica, pues es una solución pensada para casos específicos de economías saneadas. Puedes consultar mi artículo sobre la casa nido para más información sobre este tipo de uso.
  • Límite temporal: Según una reciente sentencia del Tribunal Supremo la atribución del uso del domicilio familiar no puede extenderse más allá de cinco años, salvo circunstancias excepcionales. 

3. Hijos mayores de edad: Si los hijos son mayores de edad la vivienda familiar perderá su especial protección. En este caso, si ningún cónyuge está en situación vulnerable, el juez suele ordenar la liquidación de la propiedad (venta o extinción del condominio).

4. Nueva convivencia: Si el ex cónyuge que usa la vivienda comienza a convivir con una nueva pareja, la casa pierde su carácter familiar. Según una reciente sentencia del TS que comento en otro artículo de mi blog, el juez puede establecer un plazo para que el cónyuge abandone la vivienda, ya que esta ya no cumple su función de proteger a los hijos.

5. Venta o extinción del condominio: La solución más práctica, en muchos casos, es vender la vivienda y repartir los beneficios o extinguir el condominio, donde un cónyuge adquiere la parte del otro y la totalidad de su deuda por el precio de adquisición. 


RECOMENDACIONES PRÁCTICAS PARA DECIDIR EL DESTINO DE TU CASA:

Mi recomendación, desde el marco del acuerdo, es optar por soluciones salomónicas.

Por ejemplo, si uno de los dos cónyuges queda en una situación más vulnerable, se le puede otorgar un uso temporal y transitorio hasta que pueda solucionar o sanear su economía, con independencia de la custodia de los hijos. Esto evitará pelear por la custodia.

En caso de que ambos tengáis una economía similar, extinguir el condominio es una buena salida si la vivienda es de reciente adquisición. De esta manera uno de los dos se quedará con el 100% de su propiedad y de la deuda hipotecaria, compensando al otro sus aportaciones hasta la fecha, con dinero privativo. Esta solución exige que el banco acepte la operación. En el blog hay un artículo específico sobre la extinción del condominio.

La venta a un tercero puede permitir a ambos partir de cero con el producto de la misma. 

Cada caso tiene sus especialidades y la custodia de los hijos puede influir en la decisión que se tome. Por ello, es un deber moral sentarse a tratar de solucionar de forma equitativa y justa, la problemática que supone la vivienda por su alto impacto económico.