SEPARACIÓN:
UN PARÉNTESIS EN LA CONVIVENCIA
La separación es como poner en "pausa" la vida en común de un matrimonio, pues reconoce la vida independiente de los cónyuges sin disolver el vínculo matrimonial. Si en el futuro deciden reconciliarse, bastará con comunicarlo al juzgado por escrito (de común acuerdo, pero cada uno por su lado).
¿Qué
implica la separación legal?
- Se entiende que,
desde ese momento, ya no hay convivencia entre los cónyuges.
- Se establecen
medidas obligatorias sobre la convivencia y los aspectos económicos, pensando
en los hijos y en el cónyuge que quede en peor situación tras la ruptura.
- Se pone fin al
régimen económico del matrimonio (por ejemplo, la sociedad de
gananciales).
- Se pierden los
derechos a heredar del otro cónyuge.
- Solo habrá derecho
a una pensión de viudedad si, al fallecer el otro, el viudo estaba
recibiendo una pensión compensatoria fijada por sentencia firme.
DIVORCIO:
EL FIN DEFINITIVO DEL MATRIMONIO
El
divorcio es el proceso que disuelve el matrimonio para siempre. Una vez declarado,
el vínculo queda roto y, si los divorciados quisieran volver a estar casados,
tendrían que pasar de nuevo por el altar o por el registro. Sus efectos son
iguales a los de la separación, pero con carácter definitivo.
MEDIDAS
PATERNOFILIALES: ORGANIZAR LA VIDA DE LOS HIJOS TRAS LA RUPTURA
Cuando
una pareja (inscrita como pareja de hecho o no) decide separarse y hay
hijos menores o dependientes, deben acordar unas medidas paterno-filiales para
hijos. Estas medidas versan sobre:
- Quién se queda en
el domicilio familiar.
- Cómo se organiza
la convivencia con los hijos (custodia, visitas, etc.).
- Cómo se cubren los
gastos de los hijos (pensión alimenticia y reparto de gastos
extraordinarios).
MODIFICACIÓN
DE MEDIDAS: ADAPTARSE A LOS CAMBIOS
La vida cambia, evoluciona, las circunstancias son diversas o dan giros inesperados, y las medidas acordadas en una separación, divorcio o procedimiento paterno filial dejan de encajar. Aquí entra la modificación de medidas: un trámite para revisar y ajustar las medidas. Eso sí, hay que demostrar que las circunstancias han variado ciertamente (por ejemplo, un nuevo trabajo con merma de los ingresos, cambio de domicilio, etc.)
EJECUCIÓN
DE SENTENCIA: CUANDO ALGUIEN NO CUMPLE
Si una sentencia firme que aprueba o establece las medidas del divorcio o la separación no se cumple, puedes iniciar un procedimiento de ejecución, para forzar el cumplimiento, o embargar bienes suficientes hasta cubrir lo adeudado.
EXPEDIENTE
URGENTE DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA: DECISIONES RÁPIDAS PARA LOS HIJOS
Este
trámite es un "salvavidas" cuando hay desacuerdos graves sobre los
hijos menores, que necesitan o demandan una solución urgente. Ejemplos típicos:
- Uno de los padres
quiere mudarse con el menor a otra ciudad.
- No se ponen de
acuerdo con el colegio.
- Hay dudas sobre
temas de salud (tratamientos médicos, vacunas, etc.)
El juez escuchará a ambas partes y decidirá qué considera lo mejor para el menor.
LIQUIDACIÓN
DE BIENES GANANCIALES: REPARTIR LO COMÚN
Cuando
el régimen económico matrimonial se disuelve (normalmente por separación o
divorcio), toca dividir los bienes gananciales (los bienes adquiridos juntos durante
el matrimonio).
Este
proceso tiene dos pasos:
- Identificar y
valorar los bienes con ayuda de peritos si hace falta.
- Repartirlos entre
los cónyuges de forma equitativa.
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