La Ley 8/2021, de 4 de junio, que protege a la infancia y adolescencia frente a la violencia, trajo un cambio importante al modificar el artículo 154 del Código Civil relativo a la patria potestad. Una de las consecuencias fue el lugar de residencia de los hijos, que deberá fijarse pro acuerdo entre los padres. Esto se ha convertido en un conflicto inesperado para algunos padres.
¿Por qué es importante el empadronamiento?
La inscripción del niño en el padrón municipal determina su residencia oficial y la residencia oficial determina los colegios, el centro de salud, etc. Por ello, los desacuerdos sobre el empadronamiento suelen venir por motivos prácticos: uno de los padres quiere que el menor esté empadronado en su municipio para inscribirlo en un colegio concreto, acceder a un centro de salud más cercano o incluso para beneficiarse de ciertas ayudas municipales. A veces, también hay un componente emocional o estratégico, como querer “marcar territorio” en una separación conflictiva. Cuando no hay acuerdo, la autoridad judicial entra en escena para resolver la disputa, lo que puede alargar el proceso y añadir estrés.
El cambio en la ley y su impacto
Desde la entrada en vigor de la Ley 8/2021, decidir el lugar de residencia de un menor es una facultad de la patria potestad, lo que significa que los padres deben ponerse de acuerdo.
La regla general es que los menores no emancipados deben estar empadronados en el mismo lugar que sus padres o tutores legales. Si hay que cambiar el domicilio, ambos progenitores deben dar su consentimiento por escrito. Cuando los padres están de acuerdo, ambos firmarán el formulario oficial del Ayuntamiento indicando el domicilio del menor.
Cuando solo uno de los padres solicita el empadronamiento y el otro no está de acuerdo, deberá solicitar una autorización judicial promoviendo un expediente de jurisdicción voluntaria.
Cuando quiere empadronar consigo el que tiene la custodia exclusiva y no tiene la autorización del otro, deberá presentar la sentencia de separación o divorcio y una declaración responsable.
En casos de custodia compartida, si no existe acuerdo, tocará acudir al expediente de jurisdicción voluntaria.
En situaciones excepcionales, cuando el niño tenga que convivir con un tercero, por ejemplo, alguno de los abuelos, se necesita el consentimiento de ambos padres o, en su defecto, una declaración responsable.
Los mayores de 16 años, puede decidir dónde vivir sin necesitar el permiso de sus padres y gestionar su propio empadronamiento.
Para evitar problemas prevé esta situación en tu convenio regulador o pídela al juez de antemano, como una medida más, en el procedimiento de separación o divorcio.
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